Cancelación Del Remedio De La Expulsión En Casos De Deportación

Si usted o alguien que usted conoce está en proceso de deportación/expulsión, póngase en contacto con los abogados experimentados de The Law Firm of Shihab & Associates para ver si es la solicitud de los procedimientos de Cancelación de la expulsión es la mejor opción en su caso. La cancelación también puede ser una opción, incluso si no está ya en proceso de expulsión. Sin embargo, es importante que consulte con un abogado de buena reputación antes de realizar cualquier tipo de acción, ya que llevar a cabo la acción incorrecta podría hacer más daño que bien a su caso.

El estatus, o la falta del mismo, determinará el tipo de cancelación al que puede optar.

CANCELACIÓN DE TIPO A

Los residentes permanentes legales (LPR) pueden pedir una cancelación de expulsión si el LPR puede mostrar que:

  1. ha sido LPR por lo menos durante cinco años;

  2. ha residido en Estados Unidos sin interrupción durante por lo menos siete años después de haber sido legalmente admitido en Estados Unidos; y

  3. no ha sido condenado por ningún "delito agravado", un término que, en las leyes de inmigración, tiene una definición mucho más amplia que la aplicación del término "delito grave" en otros entornos.

CANCELACIÓN DE TIPO B

Si es usted un residente no permanente (indocumentado, no inmigrante, etc.), se le podría otorgar la cancelación de la expulsión si:

  1. ha estado en Estados Unidos sin interrupción durante diez años;

  2. durante ese tiempo ha sido una persona de buen carácter moral;

  3. no se le ha condenado por ningún delito que pudiera colocarle en la categoría de expulsable; y

  4. puede demostrar que la expulsión resultaría en una dificultad extrema excepcional e inusual para los miembros de su familia inmediata (limitado al cónyuge, padres o hijos del extranjero) que sean ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes.

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